Conducir un vehículo bajo los efectos del alcohol o drogas es una de las infracciones más severas y peligrosas que contempla el Código Nacional de Tránsito de Colombia. Esta conducta está sancionada con una multa de 60 SMLDV, lo que equivale a 2,544,720 COP en 2024 para el primer grado de embriaguez. Además de la multa, el infractor puede enfrentar la suspensión de la licencia de conducción y la inmovilización del vehículo. En casos graves o reincidentes, las sanciones pueden incluir la cancelación definitiva de la licencia y penas de cárcel.
El consumo de alcohol o drogas afecta significativamente la capacidad de respuesta del conductor, disminuyendo sus reflejos, su juicio y su capacidad de tomar decisiones rápidas en la vía. Esto aumenta dramáticamente las probabilidades de causar accidentes graves o fatales. A nivel mundial, la conducción bajo los efectos del alcohol es una de las principales causas de accidentes viales con consecuencias trágicas. En Colombia, las autoridades realizan controles constantes de alcoholemia para disuadir esta conducta y sancionar a los infractores de manera ejemplar.
Para evitar esta infracción y las graves consecuencias que puede acarrear, lo más responsable es no conducir si se ha consumido alcohol o drogas. Si se está en una situación en la que es necesario movilizarse, lo mejor es recurrir a medios de transporte alternativos como taxis, transporte público o servicios de conductor elegido. Evitar esta conducta no solo previene multas y sanciones, sino que también protege la vida del conductor, sus pasajeros y todos los demás usuarios de la vía.